Los Yaguaretés van a la Corte Suprema en defensa de sus Derechos


Los yaguaretés van a la Corte Suprema: por primera vez una especie hace una demanda por sus derechos

La presentación judicial es impulsada por Greenpeace y apunta a que la “accionante” será la especie y no un ejemplar.


Este viernes los grandes felinos del Norte argentino mostrarán sus garras ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. No es una publicidad de El Rey León, por el estreno de la versión real action de la película. Tampoco es un eufemismo. GreenpeaceArgentina accionará en nombre y representación de la "especie animal yaguareté”, que habita la región del Gran Chaco argentino.
Incluso solicitarán formalmente que en la acción de amparo contra el desmonte -que ya destruyó gran parte de su hábitat- se caratule como accionante al yaguareté
A diferencia de la famosa orangutana "Sandra", que vive en el Ecoparque y a la que la Justicia argentina ha reconocido sus derechos como “persona no humana”, en este caso es la primera vez en la historia jurídica de nuestro país que se pone como actora de la causa a una especie.


En mayo Greenpeace hizo una performance en Puerto Madero para alertar por el riesgo que corre el yaguareté. (Greenpeace).
En mayo Greenpeace hizo una performance en Puerto Madero para alertar por el riesgo que corre el yaguareté. (Greenpeace).



Por Sandra -la mestiza de 33 años que sus tutores legales quieren trasladar a una reserva estadounidense- se invocó el Derecho Animal de un ejemplar en particular. Ella
Ahora se invoca a los Derechos de la Naturaleza. Por los yaguaretés de la región del Gran Chaco argentino. Todos ellos. Que son menos de 20. 


La Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas patrocina el caso junto a la ONG ambientalista. "Si el ordenamiento jurídico ha construido la ficción de que una empresa tenga derechos, ¿cómo no los va a tener la Naturaleza y sus especies?", explica a Clarín Enrique Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas.
El planteo de que los yaguaretés sean accionantes puede ser rechazado por la Corte. La respuesta de los jueces, luego de leer las 120 hojas donde se explica que la Naturaleza en sí tiene derechos, no será inmediata. "Pero estamos en un momento en el que hay consciencia del impacto ambiental y no hablamos de un yaguareté llamado 'Pipo' hablamos de los pocos que quedan. De todos ellos", sigue Viale, que también es miembro del Comité Ejecutivo de la Alianza Global por los Derechos de la Naturaleza. 
"El yaguareté se distribuía desde el sur de los Estados Unidos hasta el norte de la Patagonia Argentina, a lo largo de casi todos los ambientes con excepción de las regiones extremadamente áridas o de mayores altitudes", dice Hernán Giardini, corrdinador de la Campaña de Bosques de Greenpeace. Hoy ya no es tan sencillo encontrarlo: prácticamente ha desaparecido de sus extremos norte y sur, como también en la mayor parte de las áreas densamente pobladas, y muchas de sus poblaciones se encuentran seriamente amenazadas.
Los científicos estiman que los jaguares ocupan menos del 50% de su distribución original, y en Argentina este proceso de retracción fue el más extremo, en donde en los últimos dos siglos quedó recluido a un 5% de la superficie original. Ahora sólo abundan en nuestros billetes de $ 500.

La tierra que habitan 

¿Por qué el Yaguareté no está donde antes sí estaba? Un informe reciente de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) ubicó a Argentina entre los diez países que más desmontaron durante los últimos 25 años. Eso se traduce en la pérdida total que supera los 7 millones de hectáreas y una tasa promedio de 300.000 por año (FAO, 2012, 2016). 


El yaguareté, en peligro de extinción.
El yaguareté, en peligro de extinción.
El 80% de la deforestación de todo el país se concentra en cuatro provincias del norte que conforman la ecorregión del Gran Chaco argentino: Santiago del Estero, Salta, Chaco y Formosa. Todas esas provincias están siendo demandadas por estos yaguaretés. También el Estado Nacional y la Administración de Parques Nacionales (APN) porque el yaguareté es un “Monumento Natural” según la Ley Nacional 25.463 y debe "preservarse su existencia y su hábitat". La autoridad de aplicación de esta norma es la APN.
Al ser demandados el Estado y más de una provincia, como están afectados recursos interjurisdiccionales y se invoca la violación de normas eminentemente federales (como el artículo 41 de la Constitución Nacional y la Ley Nacional de Protección de Bosques Nativos), la único competencia es la del máximo Tribunal. Por eso se inicia y tramita la causa directamente en la Corte.
Los científicos estiman que los yaguaretés ocupan menos del 50% de su distribución original a nivel mundial, y en Argentina este proceso de retracción fue el más extremo: en los últimos dos siglos quedó recluido a un 5% de la superficie original.
"Toda la región chaqueña era un hábitat adecuado hasta el siglo XVIII, los yaguaretés perdieron el 77% de las áreas núcleo para 1985 y el 85% para 2013 (unos 920,000 km2)", dice Giardini.
¿La principal causa? Apuntan al desmonte producido por el avance de la frontera agropecuaria por la soja transgénica y ganadería intensiva.
La población estimada para toda la Argentina rondaría los 250 yaguaretés: aproximadamente 160 en la Selva de Yungas, alrededor de 80 en la Selva Paranaense, y menos de 20 en la región del Gran Chaco.
La población chaqueña se encuentra aislada de las otras dos presentes en la Argentina y se ha producido una importante disminución poblacional en los últimos diez años, desapareciendo la especie de zonas en las que había sido reportada. La caza es otro problema a enfrentar. Pero -dice Viale- frente a la Corte se apunta a lo que se hace en contra de los yaguaretés "a gran escala": la degradación, deforestación y fragmentación de esos bosques. Algo que en pocos años podría dejar sin posibilidades de supervivencia a los menos de 20 yaguaretés que quedan en la región del Gran Chacho argentino.

https://www.clarin.com/sociedad/yaguaretes-van-corte-suprema-primera-vez-especie-hace-demanda-derechos_0_2GVS2Bpa0.html

Serie: GLIFOSATO


Argumentos para una serie catástrofe sobre el glifosato





Por Enrique Viale - Abogado ambientalista
16 de Junio de 2019




En una década (o menos), habrá una serie como Chernobyl pero del glifosato. Contará como ocultaban sus efectos, los gobiernos y los periodistas. Ya me imagino varias escenas. La Argentina tendrá un rol fundamental.
Digo una serie, no un documental. Actuada. Que revelará los "Monsanto Papers" y cómo se coimeó en todo el mundo a gobernantes, parlamentarios, científicos y periodistas para ocultar las consecuencias del glifosato. La Argentina servirá como ejemplo del gran experimento a cielo abierto en el que transformaron a su territorio. Y se verá el rol de los medios silenciando sus consecuencias, con reuniones secretas entre los CEO de Monsanto y periodistas estrellas del "campo".
Una secuencia fundamental será la persecución al científico Andrés Carrasco: el día que le mandaron abogados a apretarlo ilegalmente en su laboratorio para que no diera a conocer los resultados de su investigación sobre los efectos del glifosato.
Aparecerá Lino Barañao. La serie contará como hizo Monsanto para tener un ministro que respondiera a sus intereses y retuviera su cargo a pesar de un cambio rotundo de gobierno. Ese capítulo empezará con el ministro diciendo que "el glifosato es como agua con sal". En otro aparecerán representantes del agronegocio pidiendo "cerrar escuelas rurales" ante fallos judiciales que les impedían aplicar glifosato en sus cercanías. Aparecerá el presidente Macri, en conferencia de prensa, cuestionando esos fallos.
Se contará cómo Argentina ostenta el triste récord de ser el mayor aplicador de glifosato por persona del mundo (más de 350 millones de litros por año). Y como esta sustancia ya está presente en alimentos, ríos, algodones, toallas femeninas y hasta en la lluvia. Se mostrarán documentos de Monsanto que prueban sus vínculos inapropiados con la Agencia de Protección Ambiental (EPA) de EE UU, y se detallarán las maniobras para evitar nuevas revisiones de seguridad del glifosato.
En un momento clave de la serie se contará cómo Monsanto hizo inteligencia sobre científicos, políticos y periodistas en Francia para operar sobre ellos, y así influir en sus declaraciones públicas sobre el glifosato. Todo será tan obvio que generará indignación en el televidente: ¿cómo pudo pasar todo esto mientras los medios callaban y la clase política no hacía nada?
Luego se cerrarán los mercados internacionales a los productos que contengan glifosato. Y la Argentina no tendrá adónde exportar su soja pero tampoco el resto de su producción agrícola, ni su carne, sus vinos, etc., también contaminados con glifosato.
El final de la serie no lo voy a spoilear, pero porque está abierto. Lo tenemos que hacer entre todos. «




Imputan al Secretario de Ambiente de la Nación Sergio Bergman



Imputan al Ministro Bergman por la acumulación de Mercurio en Veladero




Contenedores de mercurio de la Barrick, mostrados en en ADN Federal (programa de C5N)


El abogado ambientalista Enrique Viale informó en su cuenta de Twitter que la fiscal Alejandra Mángano solicitó la instrucción del Secretario de Ambiente de la Nación, Sergio Bergman, en la causa iniciada por la acumulación de 400 toneladas de mercurio en la mina Veladero, explotada por la multinacional Barrick Gold. El juez hizo lugar a la solicitud.
En septiembre pasado, el programa ADN Federal y el abogado Viale lo habían expuesto

Una buena:

La Fiscal Federal Mángano requirió la instrucción (y el Juez aceptó) de nuestra denuncia contra el Secretario de Ambiente @sergiobergman por las 400 toneladas de Mercurio almacenadas en la mina Veladero de Barrick.

Pronto nos constituiremos como querellantes



En el programa de ADN Federal emitido el 23 de septiembre pasado, se informó que la Barrick Gold “ha generado y almacena” 400 toneladas de mercurio cerca de ríos de donde toman agua potable varias provincias argentinas.


contenedores de mercurio
Contenedores de mercurio de la Barrick, mostrados en en ADN Federal (programa de C5N)

El informe recordó las gravísimas consecuencias de un derrame de mercurio en la localidad de Choropampa, Perú. El hecho ocurrió el 2 de junio de 2000, cuando un camión que transportaba ese material volcó, derramando 150 kilos de mercurio.
En el sitio del Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina (OCMAL), recuerdan que la empresa responsable de la explotación minera, Yanachocha, pagó a los pobladores de Choropampa entre 100 y 300 nuevos soles a los pobladores por cada Kg. de mineral recuperado; una semana después, cientos de pobladores asistieron a los centros de salud exhibiendo síntomas similares: ronchas en la piel, malestar del cuerpo, náuseas, vómitos, diarreas. El Ministerio de Salud peruano consignó en un informe que fueron 1.600 personas las que se expusieron al derrame de mercurio. Entre los habitantes que sufrieron los efectos de la interacción con el metal, algunos han sufrido lesiones cerebrales irreversibles, daños renales, pérdida de la visión, entre otras consecuencias graves.
Viale explicó que el mercurio surge del proceso de separación de minerales propio de la actividad extractiva, quedando como residuo. Luego exhibió documentación de la propia empresa en la que constan las cantidades de ese elemento que se generaban en las operaciones diarias.
El abogado señaló que la acumulación de una sustancia contaminante en zona periglaciar está prohibida por la Ley de Glaciares (Ley 26.639), por lo que consideró que la situación no sólo es peligrosa para el ambiente, sino que también es ilegal.
Viale advirtió que la ubicación donde se encuentra almacenado el mercurio es cercana a la naciente de ríos que van hacia la cuenca Desaguadero-Salado-Chedileuvú-Curacó, que desemboca en el Atlántico; el lugar, además, está en una zona altamente sísmica, lo que constituye otro factor de riesgo.
Veladero dejó de vender el mercurio desde el año 2014, debido a su escaso valor internacional. Este año, el Subsecretario de Fiscalización y Recomposición de la Secretaría que conduce Bergman, Juan Andrés Trebino, había prometido para el segundo semestre el inicio de la operación de traslado del material.
Ese proceso acarreará riesgos en todo el trayecto, por la cantidad de Mercurio en juego y la alta peligrosidad del material.

Denuncia Penal por Derrame Petrolero en Vaca Muerta




Mapuches y ambientalistas piden una investigación penal por el derrame

Se reunieron con el fiscal general de Neuquén, José Gerez, quien les anticipó que inició una actuación de oficio. Piden además que se indague si hubo abuso de autoridad. Desde la Subsecretaría de Ambiente difundieron el avance del plan de remediación. YPF trabaja en el área Bandurria Sur con más de 100 operarios.

08 NOV 2018 - 






Representantes de organizaciones de Derechos Humanos, activistas ambientalistas y la Confederación Mapuche presentaron una denuncia con el fin de que se investiguen las responsabilidades penales que les puede caber, por el derrame en el yacimiento Bandurria Sur, tanto a las autoridades políticas como a los empresarios. Mantuvieron una reunión con el fiscal general, José Gerez, quien les aseguró que se inició una investigación de oficio hace una semana.
La denuncia refiere al derrame del jueves 18 de octubre que afectó 46,7 hectáreas y que se extendió por 36 horas consecutivas. El gobierno provincial anunció la semana pasada que la multa será “la más alta” impuesta hasta el momento.
“No es el primero (el derrame), no es el último, porque tiene que ver con una lógica de esta industria del fracking que no tiene ninguna garantía, ninguna seguridad, que está probado que no te puede garantizar la seguridad y menos todavía la salud del ambiente, porque por esa razón ha sido prohibida en numerosos países”, afirmó Jorge Nahuel, werken de la Confederación.
Agregó: “Acá hay un testigo pasivo que es la justicia. Por eso nos entrevistamos con Gerez (fiscal general) que debería estar actuando de oficio ante semejante desastre ecológico y ambiental. Esta debe ser por lo menos la cuarta denuncia penal que nosotros realizamos por distintos incidentes que han ocurrido”.
Nahuel indicó que no ven de parte de la justicia “un accionar a la altura de las necesidades y la urgencia, al contrario, lo que anunció el jefe de fiscales hace diez días atrás es un blindaje jurídico a la industria y eso implica que acá lo que se prioriza es la explotación sin control”.
El presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, Enrique Viale, señaló los alcances de la presentación: “Lo que ocurrió, el desastre del derrame petrolero, configura un delito que está en la ley de residuos peligrosos. Eso para las empresas. Y también vamos a pedir que se investigue si se configuraron los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público de las máximas autoridades ambientales de la provincia”.
Dijo que se ha “sobreactuado el tema de la multa, de los drones, para tratar de disipar lo que tiene consecuencias penales, contaminar es un delito”.
En la reunión que Viale y Nahuel, junto a otros referentes, tuvieron con Gerez se les informó que la semana pasada se inició una investigación de oficio. Entre las medidas dispuestas se le solicitó a la subsecretaría de Ambiente de la provincia que remita los informes sobre el derrame petrolero.
Desde la subsecretaría que dirige Juan de Dios Lucchelli anticiparon que siguen de cerca el plan de remediación implementado por la operadora nacional.
Ya retiraron el 95% del hidrocarburo de las piletas

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“Queremos una investigación exhaustiva sobre las responsabilidades penales de YPF, los funcionarios públicos”.
El senador Pino Solanas pidió acompañar la demanda presentada.
YPF informó un nuevo incidente
La petrolera nacional confirmó un nuevo incidente ambiental. En esta oportunidad se trató de una surgencia en el yacimiento Loma La Lata. La contratista Tacker realizaba tareas de terminación en un pozo convencional cuando se produjo una fuga de gas y lodos. Indicaron que en total se vertieron 0,6 metros cúbicos de hidrocarburos, equivalentes a 600 litros.
Desde YPF indicaron que se iniciaron investigaciones para determinar las causas de lo ocurrido. Aseguraron que la surgencia fue rápidamente contenida y que no se registraron operarios heridos. Las tareas de remediación comenzaron de inmediato.  

Aclaraciones sobre el Inventario Nacional de Glaciares



¿POR QUÉ DECIMOS QUE EL INVENTARIO NACIONAL DE GLACIARES ESTÁ INCOMPLETO?

Antes de contestar la pregunta principal es muy importante aclarar, como se dijo previamente, que no se juzgó al entonces presidente del IANIGLA por un "paper" o un trabajo científico sino en su carácter de funcionario público como máxima autoridad de dicho instituto hasta el 10 de diciembre de 2015 (por eso las imputaciones son "incumplimiento de los deberes de funcionario público" y "abuso de autoridad"). El IANIGLA, en este caso, está cumpliendo una función pública establecida especialmente por la Ley de Glaciares que señala -en su artículo 5°- que el Inventario Nacional de Glaciares "será realizado y de responsabilidad del IANIGLA". También están procesado, de forma inédita en la historia judicial ambiental de nuestro país, tres ex Secretarios de Ambiente de la Nación, máximas autoridades ambientales.

La responsabilidad penal de la minera Barrick y de los funcionarios provinciales quedó, por decisión de la CSJN, en competencia y manos de la complaciente justicia de San Juan, quién les garantizó impunidad.


EL INVENTARIO Y LAS ÁREAS PROTEGIDAS POR LA LEY

También es importante aclarar previamente que el Inventario Nacional de Glaciares define las áreas protegidas por la norma. Es decir, que si algo queda fuera del inventario, no está protegido por esta ley.
Así lo ha señalado nuestro máximo Tribunal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuando señaló que una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares,  se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por la ley”. (fallo de la CSJN del 3 de julio de 2012, cuando levanta las medidas cautelares contra la norma que había interpuesto en San Juan la empresa Barrick)


EL UMBRAL MINIMO DE 1 HECTAREA y EL AMBIENTE PERIGLACIAR (de esto último casi no se habla)

El Inventario debe (debió) realizarse según las pautas, plazos y definiciones que la propia ley establece taxativamente. Justamente esas definiciones legales fueron el eje central de los intensos debates parlamentarios, el lobby minero quería más laxitud de las definiciones y plazos que finalmente quedaron.
Asimismo, la ley es clara y concisa en su artículo 2° cuando define los glaciares protegidos: "cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación." Es decir, no hay ninguna falta de claridad, por el contrario, la ley es expresa en establecer que están protegidos todos los glaciares, sin tamaño mínimo.


CRITERIO CIENTÍFICO

En cuanto al debate sobre “el criterio científico” de utilizar –en contra de la ley- el piso de 1 hectárea, es importante traer los conceptos vertidos por Michael Zemp, Director del prestigioso World Glaciar Monitoring Service (WGMS), en una carta pública, ante el requerimiento de Ricardo Villalba por su situación.
Si bien allí dice que el tamaño mínimo de una hectárea “puede considerarse que está en línea con las buenas prácticas internacionales” (“can be considered to be in line with good international practices”) también señala que “si un inventario cumple con los requisitos de su autoridad nacional/patrocinadora necesita ser evaluado en vista del mandato original.” (“if an inventory fulfills the requirements of its national/sponsoring authority needs to be evaluated in view of the original mandate.”)
Además, el experto internacional establece que “el tamaño mínimo de un glaciar no es un criterio para su definición, sino una elección práctica de quienes implementan un inventario.” (“The minimum size of a glacier is no criteria for its definition but rather a practical choice of those implementing an inventory.”)  
Como señaló el embajador Raúl Estrada Oyuela, de la Academia Nacional de Ciencias del Ambiente, “en vista del texto expreso de la ley que se refiere a la totalidad de los glaciares, más la referencia expresa a la exposición y riesgo en que se encuentran algunos, en este caso no existía la posibilidad de una “practical choice” para quienes debían hacer el inventario.


TIEMPO Y FORMA

Por su parte, y también es determinante para las imputaciones penales, que el Inventario Nacional de Glaciares debe (y debió) realizarse en tiempo y forma.
Pues no solo se incumplió con la "forma" (es decir no se utilizaron las definiciones legales) sino tampoco con el "tiempo", atento que la propia Ley establecía 180 días (la ley es de septiembre de 2010) para realizar el inventario en las zonas prioritarias (áreas donde ya había actividad minera) y el IANIGLA y el Ministerio de Ambiente de la Nación recién publicaron el mapa de la zona Veladero-Lama en Septiembre de 2016, nueve meses después que Ricardo Villalba dejara su cargo como presidente del Instituto (10 de diciembre de 2015)  y más de un año después de ocurrido el peor derrame ambiental minero de la historia y a días de acaecido el segundo derrame (la presión mediática/social era ya insostenible)


AHORA BIEN, ¿QUÉ PASA AHORA?

Lo anticipamos, lo alertamos. Tal como lo expresó el ministro Sergio Bergman, al respaldar la metodología utilizada por el IANIGLA en la confección del Inventario, ahora van a recurrir al Congreso para modificar la Ley de Glaciares (vía el eufemismo “interpretación”) e incorporarle el umbral de 1 hectárea como mínimo para ser inventariado, que sólo se tomen en cuenta los "glaciares de escombro" como periglaciares y el requisito de "reserva hídrica estratégica".
Es decir, justamente quieren incorporar a la Ley la metodología cuestionada para reducir las áreas protegidas y que la causa del Juez Federal Sebastían Casanello "se torne abstracta" (-sic- ministro Bergman).
Esto, lisa y llanamente, significa un retroceso, una regresión ambiental porque reduce notablemente las áreas protegidas por la norma. No lo podemos permitir.


¿QUÉ SOLICITAMOS?

Hay que terminar el Inventario, el cual no está concluido, está incompleto. Queremos que se usen las definiciones legales ya discutidas y expresamente establecidas por la Ley. No es necesaria ninguna “aclaración” ni “interpretación. Ya está debatido, ya está escrito en la norma.

Asimismo queremos una aplicación real e inmediata de la Ley. Aún el actual inventario, incompleto, establece que tanto la mina Veladero como Pascua-Lama están asentadas sobre glaciares y ambiente periglacial, por lo que están alcanzadas por la prohibición de cualquier actividad extractiva estipulada en el artículo 6° de la Ley. 

No puede haber más dilaciones, no hay más excusas, es urgente su aplicación efectiva ya.



Presentación en Casa Rosada del Inventario Nacional de Glaciares